El nuevo valor de referencia del catastro, la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), incrementa un 16,25% en Asturias y un 17,11% de media nacional la tributación de las compraventas de segunda mano por encima de su valor real de mercado. Así lo recoge un estudio realizado por la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) sobre el impacto de este nuevo sistema de valoración, que entró en vigor en enero de 2022, mediante una encuesta realizada entre 427 agencias inmobiliarias de las diferentes comunidades autónomas durante el primer semestre de 2022.
Tal y como se desprende de la información recopilada por la FAI, un 76,11% de las agencias inmobiliarias encuestadas (un porcentaje sensiblemente mayor en el Principado, el 84,21%) han intervenido en compraventas cuyo valor de referencia de mercado del catastro ha sido superior al valor de transmisión real en escrituras y que el incremento se ha dado en un 19,05% de éstas. Este porcentaje sube más de cuatro puntos en Asturias, donde en un 23,6% de las operaciones de compraventa los intervinientes se han visto obligados a pagar más impuestos de los que le correspondería si el Gobierno no hubiese modificado el criterio de tributación.
Injusta carga fiscal, según las inmobiliarias
Desde la Federación Nacional de Asociaciones inmobiliarias, remarcan que este nuevo sistema supone una injusta y nueva “carga fiscal” para los compradores y un desembolso económico más para el comprador, lo que desincentivará o puede llegar a frenar una parte de las compraventas, sobre todo entre las personas que quieren adquirir su primera vivienda habitual y en un contexto económico actual complejo marcado por una inflación en máximo históricos.
Del mismo modo, FAI insiste en que el acuñado ya como ‘catastrazo’, impuesto vigente desde el 1 de enero, no se ajusta a parámetros reales de mercado, ya que no considera el estado de reforma o la distribución interior de las viviendas, entre otros factores.
Además, desde FAI señalan que el hecho que Hacienda haya traspasado al contribuyente la carga de la prueba para demostrar el valor del bien adquirido, cuando no está de acuerdo, podría interpretarse como poner en duda la veracidad de la fe pública notarial en las compraventas de mercado, que son la mayoría, y, en consecuencia, podría ser considerado como una práctica confiscatoria y anticonstitucional, como ya han alertado algunos expertos.
En este contexto, la federación pide que se revise el nuevo sistema de cálculo del valor catastral para ajustarlo más a la realidad del mercado y que no prevalezca por encima del valor de transmisión en las escrituras de compraventa.
Por otra parte, FAI considera que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ( ITP) es un tributo repetido en cada transmisión por compraventa y debería quedar exento en el caso de una primera vivienda habitual no de lujo para favorecer la emancipación y el acceso a una vivienda en propiedad.