El Tribunal Constitucional anula el impuesto de plusvalía municipal, un tributo que se cobra a la hora de vender un inmueble, heredarlo o donarlo, por considerar que el sistema de cálculo es inconstitucional porque determina que siempre hay incremento de valor cuando se transmite un terreno, independientemente de que tal incremento exista en realidad, y su cuantía. Aunque todavía la sentencia no se ha hecho pública, el organismo sí que ha publicado una nota informativa argumentando correctamente por qué declara ilegal este tributo.
La sentencia afecta a todas aquellas operaciones firmadas a partir de ahora o que estén pendientes de resolución en los juzgados, pero no tendrá efectos retroactivos.